Valencia Normativa Vehículos Personales Normativa 2020

Normativa Vehículos Personales Valencia – Normativa Patinetes eléctricos Valencia 2020

PATINETES Y BICICLETAS, NUNCA POR LAS ACERAS

El borrador de la nueva ordenanza regula por primera vez la presencia y uso de los llamados vehículos de movilidad personal en Valencia, es decir, patines, patinetes y otros elementos de características similares que, hasta ahora, estaban prohibidos (en la ordenanza anterior).

Requisitos de los patinetes

Según la nueva normativa(2020), en lo que patinetes de tipa A se refiere, están equipados con un motor eléctrico y su capacidad máxima de transporte es de una plaza. Dispondrán de freno. El  timbre y el casco no son obligatorios, siendo recomendables. Cuando circulen por la noche o en condiciones de baja visibilidad, por  zona urbana, se recomienda que usen una prenda, chaleco o bandas reflectantes.

Los de tipo B, están equipados con un motor eléctrico y su capacidad máxima de transporte es de una plaza. Dispondrán de timbre, freno, luces (delantera  y  trasera) y catadióptricos. El uso del casco es obligatorio. Cuando circulen por la noche o en condiciones de baja visibilidad por zona urbana se recomienda que usen una prenda, chaleco o bandas reflectantes.

En cuanto a zonas de circulación y velocidades, los de tipo A podrán circular por zonas peatonales a una velocidad máxima de 10 kilómetros por hora, a un máximo de 15 kilómetros por hora en los carriles bici que estén sobre la acera, y a 20 kilómetros por carriles bici habilitados sobre la calzada. Además, podrán circular por la calzada en áreas de prioridad residencial, en calles 30 de un solo carril y en ciclocalles. Los patinetes de tipo B tendrán las mismas condiciones, salvo que al tener una potencia mayor no podrán circular por zonas peatonales.

¿Por dónde puedo circular con mi patinete eléctrico en Valencia?

Según se determina en el borrador, los patinetes eléctricos en Valencia podrán circular por los carriles-bici o por los ciclocalles y zonas residenciales, según sean sus categorías y características de velocidad y potencia. En unos casos podrán circular por las zonas peatonales (patinetes de menor potencia), mientras que los de mayor velocidad irán por carriles-bici y ciclocalles.

El límite de velocidad máximo será diferente según la zona: 10Km/hora de las zonas peatonales, 20 km/hora en los carriles bici, y hasta un máximo de 30 Km / hora a los llamados «calles 30» de un solo carril de circulación.

Los usuarios de estos vehículos no estarán obligados a llevar casco, y Movilidad sugiere, además, que hagan uso de elementos reflectantes.

En ningún caso, ha subrayado el delegado de Movilidad, se permitirá el uso de estos vehículos en las aceras, que quedan reservadas exclusivamente para uso peatonal.

De hecho, ha recordado el concejal, la ordenanza tampoco permite que las bicicletas puedan circular por las aceras: está totalmente prohibido. «El texto resuelve cualquier tipo de duda sobre el lugar de las bicicletas en la ciudad, que está fuera de las aceras», destacó Grezzi, y la única excepción será el caso de niñas y niños que estén jugando o aprendiendo a circular sobre dos ruedas, pero que deberán ir siempre acompañados de una persona adulta a pie.

Otra de las novedades del texto es que regula la ciclologística así como los mecanismos para poder controlar los grandes grupos de turistas en bici. Además, y como ya avanzó el concejal tras su reunión días atrás con la Jefe Provincial de la DGT, la nueva ordenanza introduce también en Valencia la regulación a 30 km / hora en vías de sólo un carril por sentido.

Pese a que el Gobierno municipal fomenta el uso del transporte público, la bicicleta y los vehículos no contaminantes, también trabaja para que estos vehículos de movilidad personal (VPM) no compitan con los peatones: desde hoy regula también su aparcamiento para garantizar el espacio del peatón.

Normativa patinetes eléctricos Valencia – Actualización a 23 de Enero de 2019

La ordenanza define por primera vez un área de prioridad residencial (gran parte de Ciutat Vella), con velocidad máxima de 20 km/h y siempre con el peatón como gran protagonista. Además la norma crea una nueva zona verde de estacionamiento, al igual que otras grandes ciudades como Madrid o Barcelona, donde solo podrán aparcar residentes.

Sobre el uso de patinetesla ordenanza de movilidad se podrá ir actualizando conforme la Dirección General de Tráfico vaya regulando mejor su circulación. El texto establece cuatro categorías según potencia, velocidad y dimensiones de estos artilugios: A, B, C1, C2. Ninguno podrá circular por la acera.

Los de tipo A, que alcanzan hasta 20 km/h, como patinetes y los ‘hoverboard’, podrán circular por zonas peatonales compartidas (diferente a las aceras) a 10 km/h siempre respetando 1 metro de distancia con los viandantes. Podrán ir por carril bici de acera hasta 15 km/h y hasta 20 km/h por carril bici en la calzada. Los tipo B también podrán hacer estos usos, aunque estos no podrán ir por zonas peatonales, pero sí circular por ciclocalles de 20 km/h o 30 km/h.

 

Compartiendo ayudas a más gente para que disfrute de los Vehículos Personales

Edad mínima de uso

El uso de este tipo de monopatines está prohibido a menos de 15 años por la ciudad. Solo en areas restringidas al trafico y acompañados por un adulto, en el cual recae la responsabilidad. Consultar normativas según ciudades.

Uso de casco

El uso del casco no es obligatorio para mayores de 16 años, aunque nosotros si recomendamos su uso en la ciudad.

Auriculares y cascos de música

En general está prohibido el uso de auriculares o reproductores de música y demás elementos que puedan dificultar el sonido ambiental al circular por zonas con trafico. Consultar normativas especificas por provincias.

Consejos antes de comprar un Vehículo de Movilidad Personal

Segway

Tipo B
patinetes-niños

Patinetes Niños

Triciclo Eléctrico

Triciclo Eléctrico

Vehículos de Movilidad Urbana (VMU) y Vehículos de Movilidad Personal (VMP)
Vigente en 2018
dgt-vehiculos-movidad-personal
Resto de España - Vigente 2018